29 de diciembre de 2015

DOCUMENTOS DE ENRIQUE II, COMPRA DE LA TIERRA DE LA RECOMPENSA

Documentos de Enrique II / edición de Lope Pasqual Martínez | Biblioteca Virtual Miguel de Cervantes CXVII
1373-VI-20, Valladolíd.-Proviísión real al concejo de Murcia., soliúítando
un pr¿stamo para contíprar a Beltra:11 Du Gosclin los lugares
que powía en la frontera -de Aragón. (A. M. M. Cart. real
1405.18, eras, fols. 70v.-71r.)

Don Enrique, por la gragia de Dios rey de Castiella, de Toledo, de Leon, de Gallizia,
de Seuilla, de Cordoua, de Murilia, de Jaben, del Algarbe, de Algezira e sennor
de Molina, al congeio e a los alcalles e al alguazil e caualleros e escuderos e ommes
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buenos de la gibdat de Murilia e a qualquier o aqualesquier de uos que esta nuestra
carta víeredes o, el traslado della sígnado de escriuano publíco, salud e gragia.
Bien sabedes en conimo a la sazon que nos entramos en los nuestros regnos
touiemos por bien de fazer merled a mose Beltran en que le díemos las nuestras villas
de Soria e Almazan e Atienza e Molína e De~a e Achuela e Seron e Monteagu
do
e otros lugares de los nuestros regnos que son en la frontera de Aragon por muchos
e altos e grandes serukios quel dicho mose Beltran nos auia fecho, et por quanto
la dicha tierra reigebía de cada día muy grant danno e destruyiniento, de los alcaydes
e de las otras conoannas quel dicho mose Beltran dexa en ella et otrosy por
quanio por la dicha tierra pasaua de Aragon a los nuestros regnos mucha moneda
falsa e lcuauan e pasauan de cada día de ca a ella muchos cauallos e ganados e pan
e oro e plata le otras cosas vedadas, que se non podian guardar, por lo quál ha venido
a nos muy gíant desreul9cio e a los nuestros regnos muy grant danno, et agora nos
sentiendonos desto e por seruiQ¡o nuestro,e grand pro e guarda de los nuestros regnos
et otrogy para que la dicha tierra torne a la corona de los - nuestros regnos, segund
que primeramente estaua, . con acuerdo de algunos de los del nuestro consejo acordamos
de conprar la dicha tierra al dicho rnose Beltran e fezimos la dicha conpra por
vna gran quantia de doblas de oro que auemos a dar mucho ayna a plago Igierto e so
muy grandes penas e costas- que correrien contra nos sy al plazo non pagasemos, et
desto fízíemos algunas pagas ende al dicho mose Beltran de algunos prisioneros ingleses
que teniemos, e fincan que auemos a pagar desta dicha conpra vna grant quantia
de doblas, et por quanto nos estamos agora en grant menester por razón desta guerra
que avemos con Inglaterra e de la guerra que aucinos avido con Portogal et por
conplir otros menesteres que nos an recre~ido e non podemos fazer la dicha paga tan
aíyna segund que somos obligado, mandasmos fazer repartimientos por todas Jas
pibdades le villas e lugart-s de los nuestros úegnos de las doblas que fincaúan que aucmos
a dar al dicho mose Beltran por la dicha conpra, las quales touiemos por bien
de tomar de uos prestadas et mandamos al nuestro thesorero que vos las libre en
guisa que las ayades S:iertas e bien paradas, en el qual repartimiento copo a vos el
dicho conigéio sete~íentas gincuenta doblas de oro castellanas e mayores e moriscas
e escudos viejos o en otra moneda de oro o su pregío en plata fina contada a razon
de quatro doblas e medía por cada marco, las - quales dichas doblas a de recabdar
por nos don Hayn Abolex del Castiello, et por quanto esta dichas doblas son para
conpiar la dicha tierra e para la desenbargar e tirar del poder de aquellos que la
tienen, de los quales na~en grandes perdidas e dannos a los nuestros regnos e a los
nuestros naturales dellos, et es enprestado e non pecho, tenemos por bien que todos
paguen en el dicho emprestado : caualleros e escuderos e duennas e odnQellas e todos
los otros fijosdalgo, et que se non escusen algunos dellos de pagar este dicho enprestado.
. Porque vos mandamos, vista esta nuestra carta, que recudades e fagades recudír
al dicho don Hayn o al que lo ouiere de recabdar por el con todas las dichas sete-
Qíentas e Oncuenta doblas que uos copo a pagar en el dicho repartimiento segund
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dicho es et datgelas del día questa nuestra carta o su traslado della signado commo
dicho es vos fuere mostrada fasta quinze días primeros siguientes, puestas en saluo
e pagadas en doblas o en otra moneda de oro o de plata segund dicho es en guisa
que le non mengue ende alguna cosa, o tomad su carta de pago o del que lo ouíere
de recabdar por el e nos mandar vos lo hemos regebir en cuenta. Et non fagades ende
al so pena de la nuestra mened, si non sed giertos que todo quanto danno e penas
e costas se nos siguieren por nos non fazer la dicha paga al dicho plazo que a uos
e a lo que auedes nos tornariemos por ello, et demas sed giertos que vos mandaremos
paga:- las dichas doblas con el doblo, Et sobresto mandamos a nuestro recabdador
o al que lo ouiere de recabdar por el o a (espacio en blanco) nuestro ballestero o a
otro qualquier nuestro ballestero que se y acaesQiere e a los alcalles -e alguaziles e
jurados e merynos e otros qualesquíer ofWIales de y del dicho lugar o de otra qual~
quier ojíbdat o villa o lugar de los nuestros regnos e a qualquier o a qualesquíer
dellos que vos prenden e tomen todos los vuestros bienes assy muebles cornmo rayzes
doquier que los fallaren o de qualquier o qualesquíer de vos e los vendan luego
e vos fagan todas las otras premias que se podieren fazer fasta que se entreguer. de
las dichas doblas con las costas que sobrello ouieren fecho. Et los -~nos e los otros
non fagades ende al so pena de la nuestra merged e de los cuerpos e de .10 que
auedes .
Dada en Valladolit, veynte días de junio, era de mill e quatro<;ientos e onze annos .
Nos el rey.
CXVIII
(1373) .VIII-6, Briones.-Carta misiva al concejo de Murcía, notifím
cándole las paces firmaldas con Navarra. (A. IL M. Cart. real 1405-
18, eras, fol. 71r.)
Don Enrique, por la gragia de Dios rey de Castíella

2 comentarios:

XX dijo...

Pues desconocía que hubo que pagar para que los devolvieran el regalo que hizo a Beltrán su Gosclin por ayudar a Pedro I el cruel en sus luchas con losTrastamara.
No me gato cuando estuve en Dinar, Bretaña , ver una losa el la reliquia de este Beltan,que se exponía como señor de Castilla.
Mira por dónde que encima hubo que pagarlo.

Tgoito dijo...

Lo mismo me pasó a mí cuando vi que Sant Michael perteneció a Beltrán Duglesclin. Pensé "menudo chalet se hizo con algo del dinero de mi pueblo..."